El hombre que firmó un polémico otrosí a un contrato con la firma Covington & Burling LLP —que disparó su valor de 875 mil a 5,8 millones de dólares para un supuesto estudio reputacional de Ecopetrol— es el mismo que aparece mencionado en una tutela contra la estatal por actos misóginos, discriminación y despidos arbitrarios.
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La cabeza de Ecopetrol, Ricardo Roa; y el presidente Gustavo Petro. Foto:Archivo particular
Entre otras razones, porque con la firma de este otrosí al contrato, se dio vía libre a Covington & Burling para retener documentos, acceder a correos e indagar a filiales, pese a que su encargo era medir los impactos reputacionales de las investigaciones contra el presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa, por temas como la violación de topes en la campaña Petro Presidente, de la que fue gerente.
En el memorando motivador del otrosí que conoció la Unidad Investigativa de este diario, Vergara asegura que fue la junta la que dio la orden. Pero la mayoría de sus miembros lo niegan.
De acuerdo con la denuncia contra el directivo, no es la primera vez que tiene un comportamiento arbitrario. «Busca obtener información sobre distintos funcionarios. Todo indica que utiliza estos datos para hostigar, manipular y perseguir a empleados, violando gravemente su derecho a la privacidad y generando un ambiente de intimidación dentro de la empresa”, se lee en el correo.
Junta directiva de Ecopetrol y Alberto José Vergara, director de cumplimiento. Foto:Archivo particular
La tutela por misoginia de cuatro exfuncionarias
Este diario conoció la tutela que Mónica Cortés Chávez, Alicia Gómez Morales, Paula Guarín Prieto y Luisa Fernanda Mejía Riveros, cuatro exfuncionarias de la Gerencia Corporativa de Ética y Cumplimiento, radicaron a finales de 2023 contra Ecopetrol, por «despido sin justa causa fundado en actos discriminatorios por razones de género».
La desvinculación de las extrabajadoras ocurrió el 18 de octubre de 2023, según lo señalan, «en una reunión que no tardó ni veinte segundos».
«Nos despidió el señor Alberto Vergara Monterrosa, quien era nuestro jefe y se desempeñaba desde hacía pocas horas el cargo en propiedad de Gerente Corporativo de Asuntos Éticos. Esa expulsión, como demostraremos, obedece a acciones discriminatorias por género cometidas directamente por este señor y avaladas de forma indirecta por la empresa que no evitó ni corrigió el hecho discriminatorio, más bien lo respaldó con su desinterés y apatía», se lee en la tutela.
«La reducción de personal no puede ser considerada una opción ni un argumento de defensa, máxime cuando se desvinculó a las trabajadoras con la curva de aprendizaje más avanzada, los niveles de producción más altos y los casos más complejos», alegan las accionantes, quienes además radicaron un derecho de petición para ahondar en las razones que motivaron a la compañía a firmar su despido. Amparándose en la «confidencialidad», no fue contestado.
Este es el memorando motivador firmado por Alberto José Vergara Monterrosa. Foto:Archivo particular
«¿Por qué aseguramos que la razón (oculta) de nuestro despido, cometido por el señor Vergara y avalado por Ecopetrol, es por ser mujeres? Lo primero —y más relevante, además porque ayuda a comprender el contexto— tiene que ver con la personalidad del señor Alberto Vergara, con connotaciones claramente misóginas», aseguran las extrabajadoras.
Y agregan «su aversión hacia las mujeres, o más precisamente, hacia la capacidad de las mujeres en el ámbito laboral, es francamente notoria. Si bien, como dijimos al inicio, al momento de firmar nuestro despido llevaba apenas unas horas en el cargo en propiedad, lo conocemos desde hace tiempo: lleva vinculado a la empresa más de 20 años y había sido previamente nuestro compañero. Por eso sabemos bien de su carácter machista y misógino, que ha quedado en evidencia en múltiples oportunidades».
Llamadas en tono amenazante, gritos hacia sus subalternas, presentaciones en reuniones virtuales “en camiseta interior, con posturas corporales de exhibición” —pese a que se trataba de espacios laborales—, y hasta comentarios intimidatorios hacen parte de los episodios narrados en la denuncia.
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«En más de una ocasión nos abordaba haciendo gala de su poder, para dejarnos claro que era únicamente gracias a él y a sus ‘buenos oficios’ que seguíamos en nuestros cargos», dice uno de los testimonios.
El rol de la Corte Constitucional
Mediante la tutela, Cortés, Gómez, Guarín y Mejía exigían el reintegro laboral. Sin embargo, el Juzgado 35 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, mediante sentencia del 15 de febrero de 2024 decidió, en primera instancia, declarar improcedente la acción de tutela por considerar que las accionantes pueden acudir a la jurisdicción laboral ordinaria.
En segunda instancia, el Tribunal Superior de Bogotá, en sentencia del 18 de marzo de 2024, confirmó la improcedencia de la tutela respecto al reintegro laboral. Argumentó que las accionantes no explicaron por qué el medio ordinario no era idóneo, no probaron la discriminación alegada ni la existencia de un perjuicio irremediable. Además, revocó el amparo al derecho de petición, considerando que este también era improcedente.

Federico Gutiérrez demandará al Gobierno Foto:
La magistrada de la Corte Constitucional, Diana Fajardo, presentó un recurso de insistencia en el alto tribunal para que seleccionaran la tutela vía revisión. «El caso presenta una oportunidad para abordar el derecho de acceso a la información en el contexto de litigios laborales por discriminación», dice el documento. Sin embargo, la Corte decidió rechazar la solicitud.
Sara Valentina Quevedo Delgado
Redacción Justicia